Resumen: Impugnación de resolución administrativa por la que se estima el recurso de alzada interpuesto por el sindicato contra resolución del MTES por la que se estima, por silencio administrativo, la solicitud de declaración de fuerza mayor para la suspensión de relaciones laborales y/o reducción de jornada de personas trabajadoras que se anula y deja sin efecto. Se pretende la aplicación de fuerza mayor parcial regulada en el artículo 22 del RD ley 8/2020 por la Disposición final del RD ley 15/2020 alegando que, el ERTE afecta a personas trabajadoras (Visitadores)que no realizan actividades en de distribución de medicamentos a farmacias. La AN desestima la demanda ante la inexistencia de fuerza mayor porque hay imposibilidad de seguir realizando, con ciertas limitaciones, la actividad empresarial.
Resumen: El Tribunal Superior de Justicia desestima el recurso que el demandante plantea contra la sentencia que ha desestimado la demanda, en la que éste imputa al club en el que trabaja como entrenador de natación que ha sufrido acoso por parte de su junta directiva. La Sala previamente a entrar al fondo del asunto, desestima dos peticiones de nulidad de actuaciones. Una por entender conculcado el derecho fundamental a la práctica de la prueba pertinente para la propia defensa, al denegarse una prueba testifical pedida por dos veces. Se deniega esencialmente, al considerar irrelevante tal testimonio, pues lo acaecido en la conversación en la que estuvo y habló el testigo resulta de una grabación de la misma que ya valora el Juzgado y ello en relación al testimonio de otra persona que si que fue a juicio. La otra, se vincula a la falta de respeto a las reglas que imponen la inversión de la carga de la prueba con respecto de la alegación de vulneración del derecho a la garantía de indemnidad, entendiendo la Sala que si que se aplica correctamente esa carga en el caso, pero la Jueza valora otros hechos para concluir en la inexistencia de acoso laboral u hostigamiento. La Sala parte de que si hubo una situación conflictiva, que no acoso, con la anterior Junta directiva, no claramente con la actual, que alguno de la actual si que pretendía despedir o sustituir al demandante, pero no hay actos hostigadores prolongados en el tiempo, aunque si hubo baja por ansiedad y un previo juicio.